Estimados Amigos:
Después del envío de los resultados y acumulado tras el Absoluto de Maracena, han sido varios jugadores los que han hablado con algún directivo de la FAB y personalmente conmigo, existen inquietudes y malos entendidos sobre la aplicación de puntuaciones, asistencia y también sobre el pago de la inscripción. La Junta Directiva de la FAB ha debatido estos temas que consideramos de máxima responsabilidad para poder cumplir exactamente lo aplicable según las normas y reglamentos dentro de la absoluta imparcialidad.
Esta Dirección Deportiva comunica que a partir de la próxima prueba en Sevilla (primera semana de Marzo), según las normas de competición Artículo 33 que adjunto:
ARTÍCULO 33.- INCOMPARECENCIA, ABANDONO O DESCALIFICACIÓN EN UNA PRUEBA DEL CIRCUITO
1.- Son de aplicación las circunstancias indicadas en el artículo 16 para este tipo de pruebas.
2.- (Aprobado 10/07/05) Un jugador puede considerarse que ha participado y tiene derecho a adjudicación de puntos cuando:
- No pueda comparecer porque tenga que participar en pruebas, asambleas o cursos oficiales convocados por la F.A.B., la F.E.B. y organismos nacionales e internacionales. Pasaría a ocupar el último lugar de la relación de jugadores eliminados en su primera ronda de participación.
- Que no haya comparecido en el horario establecido pero haga acto de presencia cuando aún hay partidos de su ronda disputándose. Pasaría a ocupar el último lugar de la relación de jugadores eliminados en su primera ronda de participación.
- En el caso de abandono de un partido, por causas justificadas a criterio del Director Deportivo, si dicho partido no ha llegado al descanso, no se tendrá en cuenta lo que hasta ese momento haya sucedido para ninguno de los dos jugadores y el jugador incompareciente pasará al último lugar de la relación de jugadores eliminados en esa ronda. En cambio, si el partido ha llegado al descanso, se tendrán en cuenta los registros deportivos hasta ese momento, a efectos de clasificación, considerándose al incompareciente como eliminado, aunque en ese momento tuviese un resultado mejor que su contrincante.
- Que su incomparecencia sea debida a una de las siguientes causas:
- Intervención quirúrgica.
- Fallecimiento de un familiar.
- Causas justificadas de fuerza mayor durante el desplazamiento.
- Deber inexcusable (miembro de un tribunal, mesa electoral, etc.)
La F.A.B. solicitará la documentación justificativa que estime pertinente.
Sólo con estas circunstancias demostrables (no se considerará puntuable «problemas personales») tendrá el jugador derecho a los puntos que le correspondan, obviamente al no presentarse a la prueba no le corresponden los 15 puntos de asistencia y el pago de la inscripción es obligatorio desde el momento que se apunta a la prueba siempre que anteriormente al cierre de inscripción no haya solicitado su baja por cualquier motivo, el jugador que no haya comunicado su baja, una vez efectuado los emparejamientos está obligado al pago de la inscripción correspondiente.
Saludos
Alfonso Cordero
Director Deportivo